VENDEDORES DE COMIDA DE LA CALLE
VENDEDORES DE COMIDA DE LA CALLE
Dado a la limitada cantidad de
oportunidades de trabajo que existe para las personas que no poseen un grado de
instrucción superior completa, los peruanos buscan una en cualquier rubro. La
mayoría de personas trabaja como colaboradores en negocios pequeños o
familiares, los más atrevidos deciden establecer uno propio. El rubro favorito
para la apertura de sus negocios es el de comida, en especial la venta de
comida en la calle.
Al observar el éxito de estos
emprendedores, gran parte de los trabajadores de otros negocios decide abrir
uno propio. Se generó así una proliferación de puestos de alimentos de comida
en la calle. Los propietarios de estos negocios no contaban con el mínimo
conocimiento acerca de las condiciones sanitarias y de higiene mínimas que
debería cumplir el proceso de producción de la comida para no ser nociva para
la salud de los comensales.
El Ministerio de Salud decidió adoptar
medidas preventivas para controlar la proliferación mencionada previamente. La principal
fue el establecimiento de requisitos previos para la obtención de la licencia para
laborar por parte de la municipalidad del distrito en donde se encuentran los
puestos. El proceso consta en el cumplimiento de los siguientes pasos: explicar
la clase de producto que ofrecen, demostrar las condiciones sanitarias y anexar
la autorización para ocupar el espacio público.
El puesto de venta debe contar con la
presentación personal óptima –aseada- de sus colaboradores. Asimismo, de ser
necesario ellos deberán asistir a una capacitación mínima de doce horas. Los que
reciban estos talleres adquirirán de manera automática el carné de manipulador
para así poder obtener el permiso sanitario de funcionamiento. La municipalidad
de los distritos en donde se encuentran estos puestos posee la autoridad de
reubicarlos por razones sanitarias o si generan riesgos para la salud de la
comunidad. Finalmente, se garantiza así que la comida que se sirve en estos
puestos no es nociva para la salud del comensal.
BIBLIOGRAFÍA
1. El
Tiempo. (1993). Ministerio de Salud regula
venta callejera de alimentos. Recuperado de http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-57963
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